Nuda Propiedad en Valencia

La nuda propiedad en Valencia te permite vender tu vivienda y seguir viviendo en ella, obteniendo así liquidez inmediata sin renunciar al uso de tu hogar.

La nuda propiedad es el derecho de propiedad sobre un bien, en este caso una vivienda. El comprador adquiere la titularidad, pero no la posesión, ya que el usufructo permanece en tus manos, lo que te garantiza poder utilizar y disfrutar de la casa hasta que finalice ese derecho.

Este tipo de operación resulta especialmente interesante para personas mayores de 65 años, que no tengan herederos o que simplemente quieran asegurar su tranquilidad económica, manteniendo su vivienda de por vida. Además, te libera de muchos de los gastos y responsabilidades que conlleva ser propietario.

Ventajas de la Nuda Propiedad en Valencia

Icono de transparencia y seguridad - Financiera Colon

Con esta venta los ingresos también podrían ser mayores para el vendedor, ya que podría obtener ingresos mediante el arrendamiento del USUFRUCTO de la propiedad.

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Además, es una forma jurídica muy asentada en Europa.

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La principal ventaja, sin duda, es poder seguir haciendo uso de la vivienda para siempre. Una seguridad avalada legalmente con las máximas garantías, debidamente inscrito y registrado, siempre formalizado ante notario, en escritura.

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Aunque el titular de la nuda propiedad, esto es, el comprador, sea dueño de la vivienda, no podrá disfrutar de ella hasta la extinción del usufructo. Una vez llegado el momento, tendrá todo el derecho a disponer de la propiedad en buen estado. Hasta entonces, la persona que vende la vivienda disfrutará de su vivienda hasta el final de sus días. 

Pareja senior sonriente planificando su futuro

Nuda Propiedad y Usufructo Vitalicio

Cuando una persona adquiere una vivienda, obtiene lo que se denomina pleno dominio, que se divide en dos partes: la nuda propiedad y el usufructo vitalicio. En este tipo de operación se vende únicamente la nuda propiedad, lo que permite al propietario seguir disfrutando del usufructo de la vivienda durante toda su vida.

La venta de la nuda propiedad es una opción muy recomendable para personas mayores que no tienen herederos o que desean asegurar su tranquilidad económica, ya que les permite recibir un pago único al momento de la firma. El importe dependerá de la edad del vendedor (usufructuario).

En Financiera Colón hemos diseñado una solución específica para mayores de 65 años: el Préstamo con Nuda Propiedad.

  • Documentación mínima

  • Gestión rápida y sencilla

  • Sin necesidad de salir de tu propio domicilio

La Venta de la Nuda Propiedad implica el pago de los siguientes impuestos:

  • Plusvalía Municipal (IIVTNU)
    Se trata de un impuesto local cuyo importe se calcula en función de los años transcurridos desde la compra de la vivienda y del valor catastral del suelo.

  • IRPF (Ganancia Patrimonial)
    Si la operación se realiza sobre la vivienda habitual y eres mayor de 65 años, estás exento de pagar este impuesto. En el resto de casos, el IRPF se aplica sobre la ganancia obtenida, es decir, la diferencia entre el precio de venta de la nuda propiedad y el valor de adquisición de la vivienda.

Si está interesado en profundizar en esta posibilidad, rellene nuestro formulario, o contacte con nosotros por teléfono o vía WhatsApp.

Nos pondremos en contacto con usted rápidamente, y estudiaremos juntos su caso. Consulte también las Condiciones Generales.

Personas mayores disfrutando de tranquilidad en Valencia

Preguntas frecuentes sobre la Nuda Propiedad en Valencia

¿Qué es la nuda propiedad?

El comprador adquiere la titularidad de la vivienda pero no su posesión: el usufructo sigue siendo tuyo y puedes seguir usando la casa.

¿Puedo seguir viviendo en mi vivienda?

Sí; vendes la nuda propiedad y sigues viviendo en ella, obteniendo liquidez inmediata.

¿Para quién está indicada?

Especialmente para mayores de 65 años, sin herederos o que quieran asegurar su tranquilidad económica.

¿Cómo se cobra?

Con un pago único en el momento de la firma; el importe depende de la edad del vendedor (usufructuario).

¿Qué impuestos implica?

Plusvalía Municipal (IIVTNU) e IRPF por ganancia patrimonial (exento si es la vivienda habitual y eres mayor de 65 años).

¿Cómo se formaliza?

Siempre ante notario, en escritura, debidamente inscrita y registrada.